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Noticias Chile | Comisión de Constitución aprueba “universalidad” en retiro de 10% de fondos de las AFP

 

Noticias Chile | Están listos los votos claves para aprobar el retiro del 10 % de las AFP en el Senado | INFORMADORCHILE
Noticias Chile | Comisión de Constitución aprueba “universalidad” en retiro de 10% de fondos de las AFP  | INFORMADORCHILE | Foto Agencia Uno

La Comisión de Constitución del Senado apoyó este 20 de julio  la “universalidad” del proyecto de ley,  que permite a los afiliados de las AFP poder  retirar el 10% de sus fondos previsionales, para poder palear los duros efectos de la crisis económica de la pandemia.  Al rechazar las indicaciones presentadas por los senadores de la (UDI) José Miguel Durana y David Sandoval, que acotaba la entrega de este beneficio a millones de Chilenos.

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Durante la sesión, el senador Pedro Araya sostuvo que -Este es parte del corazón del proyecto-. “Este proyecto lo que busca es universalidad, porque el Estado no está llegando a todo el mundo. Aquí tratar de pretender que aquellas personas que tienen mayor grado de cotizaciones previsionales o rentas más altas no se han visto afectadas por la crisis es una falsedad”.

“Muchas de las personas que no han perdidos sus empleos lo que hacen hoy es ayudar a familiares que si perdieron sus puestos, que están con contratos suspendidos o seguro de cesantía”, destacó.

  1. APROBADO los ciudadanos tendrán 360 días para poder retirar sus dineros.
  2. APROBADO Comisión aprueba modalidad de traspaso del 10%: Dineros pasarán a la cuenta 2 y se pagarán en hasta en dos cuotas de un máximo de 75 UF cada una

 

 

INDICACIONES RECHAZADAS POR LA COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN ➡️

 

  1.  RECHAZADO Sólo podrán optar por el retiro de fondos, aquellos trabajadores que cumplieran alguna de estas condiciones: tener contratos suspendidos; o que hayan puesto término a sus contratos de trabajo desde el 1 de julio de 2019 a la fecha de publicación de la reforma.
  2. RECHAZADO También aquellos trabajadores con contrato de trabajo que hubieran pactado una reducción de ingresos con sus empleadores por un monto superior al 25% de sus ingresos desde el 1 de marzo de 2020 y cuya última renta imponible fuera igual o inferior a UF70 (unos $2 millones).
  3. RECHAZADO También los “trabajadores independientes que emitieren boletas de honorarios y que hubieren visto reducidos sus ingresos en un mínimo de 15%, a partir del 1º de marzo de 2020 en relación al promedio de los tres meses anteriores, según lo determine el SII, y cuya última renta imponible fuese igual o inferior a UF70″.
  4. RECHAZADO Así como “Las personas naturales organizadas como empresas individuales, conforme al artículo 2º, Nº10, inciso 2º, de la ley sobre impuesto a la renta y que hubieren visto reducidos sus ingresos en un mínimo de 15%, a partir del 1º de marzo de 2020 en relación al promedio de los tres meses anteriores, según lo determine el SII y cuya última renta imponible fuese igual o inferior a UF70”.

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