Noticias Chile | Ya es ley: Quién lanze fuegos artificiales arriesga cárcel efectiva

Noticias Chile | Ya es ley: Quién lance fuegos artificiales arriesga cárcel efectiva

Noticias Chile | Ya es ley: Quién lanze fuegos artificiales arriesga cárcel efectiva
Noticias Chile | Ya es ley: Quién lanze fuegos artificiales arriesga cárcel efectiva.

 

Hoy la máxima autoridad, Sebastián Piñera, promulgó la ley que sanciona como delitos el uso, venta y fabricación de fuegos artificiales.

 

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Dicha nueva ley sanciona como delito, con penas de presidio, el uso, venta y fabricación de fuegos artificiales y a quien dispare armas de fuego, cohetes, petardos u otros proyectiles.

 

La medida cobra especial relevancia por el uso ilegal que se la ha dado a estos instrumentos como método para intimidar a la población por parte de bandas criminales o narcotraficantes.

 

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Nuevos delitos y sanciones contempladas en la ley➡️

 

• Posesión o tenencia de fuegos artificiales:

-Presidio menor en su grado mínimo (61 a 540 días), o multa de 5 a 20 UTM.

-Fabricación, transformación, importación, internación, exportación, transporte, almacenaje, distribución, adquisiciones o celebración de convenciones respecto de fuegos artificiales:

 Presidio menor en su grado medio, es decir, entre 541 días a 3 años de cárcel, y multa de 10 a 20 UTM. Además, se puede determinar clausura definitiva del establecimiento utilizado para dichos actos, o clausura temporal como medida cautelar mientras dure la investigación.

• Disparo de fuegos artificiales:o Presidio menor en grado mínimo a medio, es decir, desde 61 días a 3 años de cárcel, y multa de 10 a 20 UTM.

• Al disparo injustificado con armas de fuego que hoy existe en la normativa vigente, desde o hacia la vía pública, se le incorpora a inmueble privado con personas en el interior:  Presidio menor en su grado máximo, desde 3 años y un día a 5 años. Pena aumenta a presidio mayor en su grado mínimo, de 5 años y un día a 10 años, cuando disparo se realiza con armas “hechizas” o de fogueo.

• Disparo injustificado al aire:  Presidio menor en su grado medio, de 541 días a 3 años. Pena aumenta a presidio menor en su grado máximo, de 3 años y un día a 5 años, cuando disparo se realiza con armas “hechizas” o de fogueo.

• La Ley sanciona con mayor gravedad los delitos cuando además perturban gravemente la tranquilidad pública o infunden temor en la población, en cuyos casos las penas de los delitos tipificados aumentarán.

 

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