Noticias Chile | Venezolanos expulsados: "Fuimos engañados por autoridades"

Noticias Chile | Corte Suprema le da la razón al gobierno por expulsión de migrantes venezolanos

El ejecutivo ganó cuatro de las cinco apelaciones contra un fallo de la Corte de Apelaciones de la ciudad de Iquique que había dejado sin efecto la expulsión de unos pocos migrantes venezolanos que ingresaron por pasos informales por la cordillera.

 

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¿QUÉ DIJO LA CORTE SUPREMA?

El máximo tribunal estimó que los actos administrativos con los que se decretaron las deportaciones estaban dentro de sus atribuciones legales.

Cabe recordar, que durante las últimas semanas se vivió una complicada situación en el norte del país, especialmente en la localidad altiplánica de Colchane.

Comuna fronteriza muy apacible que fue escenario de una masiva llegada de migrantes, quienes esperaban ingresar a nuestro país en medio del cierre de fronteras decretado a causa de la pandemia de Covid-19.

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INDH

A raíz de lo anterior, el Instituto de Derechos Humanos y un grupo de abogados particulares presentaron recursos de amparo a favor de cinco ciudadanos venezolanos que ingresaron a Chile por caminos ilegales.

CORTE DE APELACIONES

La Corte de Apelaciones de la nortina ciudad acogió las cinco acciones judiciales el pasado martes 16 de febrero, dejando sin efecto las expulsiones.

El tribunal de alzada estimó  que la Intendencia de Tarapacá dispuso la expulsión de los requirentes sin que haya concluido una investigación en su contra, sino que fue sólo un acto administrativo.

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APELACIÓN DEL GOBIERNO

El gobierno apeló para que se ejecutaran los actos administrativos, y, en definitiva, la Corte Suprema validó la postura del Ejecutivo, revocando cuatro de las cinco apelaciones.

En esa línea, la sentencia fue redactada por la Segunda Sala de la Corte Suprema y contó con el voto en contra del ministro (s) Luis Zepeda.

FALLO

El fallo sostiene que la “Autoridad administrativa ha obrado dentro del límite de sus atribuciones, con estricto apego a las normas contenidas en la Carta Fundamental y a la legislación fundando adecuadamente sus actos”.

De acuerdo a lo anterior, se afirma que no afecta a esas facultades “El hecho de existir desistimiento de la acción penal e inexistencia de investigación del mismo”.

El único caso donde se acogió el recurso de amparo fue en el de un ciudadano que había sido expulsado pero que tenía una hija con permanencia definitiva, lo que le permitía demostrar arraigo.

 

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