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Pamela Jiles arriesga multa de 10 millones, por realizar propaganda electoral en día de las elecciones

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Este sábado 15 de mayo, mientras entraba al Centro Educacional de La Pintana, la diputada del Partido Humanista, Pamela Jiles, buscó a la prensa deliberadamente.

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  • ¿QUÉ SUCEDIÓ?

La política insistió en preguntar a los medios si estaban transmitiendo en vivo.

  • ¿QUÉ DIJO LA POLÍTICA?

“Vengo a votar por el abuelo Pablo Maltés, el abuelo gobernador, lo que significa votar contra el asesino, conch de piñ., asesino igual que Pinochet. Tenemos hoy día que votar por independientes, porque la clase política quiere secuestrar nuestra asamblea constituyente. Tenemos que votar por Pablo Maltés porque eso significa votar por la abuela Pamela Jiles, tener un cuarto retiro, un quinto retiro, destruir a las AFP que nos han esquilmado”, dijo la legisladora, refiriéndose a su pareja, quien compite por la gobernación de la Región Metropolitana, y que la escoltaba en el punto de prensa.

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  • ¿QUÉ DIJO EL SERVEL?

En ese contexto, La Tercera consultó al Servicio Electoral (Servel) si el llamado de Pamela Jiles a sufragar a favor de Maltés incumplía las normas electorales, a lo que el organismo gubernamental contestó que “Cualquier llamado a votar se deberá analizar para ver si se configura una posible infracción, en cuyo caso se realizará el procedimiento administrativo sancionatorio correspondiente”.

  • ABOGADO

En tanto, el abogado Jorge Barrera, académico de la Universidad de Chile y la Universidad San Sebastián, explicó al medio  ya citado que “De acuerdo con el artículo 125 de la Ley 18.700, la fuerza pública debe impedir que se realice cualquier tipo de manifestaciones públicas en los recintos de votación”.

“Dicho eso, y en virtud de los artículos 130 y 134 de la misma ley, el presidente de la junta, de la mesa receptora, o el delegado de la junta electoral podía haber requerido auxilio de la fuerza pública a fin de aprehender y conducir a la diputada a disposición de tribunales, pues ella hizo uso de “palabras provocativas incitando a tumultos o desórdenes” lo cual está expresamente prohibido por la ley, debiendo dichas autoridades, al mismo tiempo, denunciar el hecho al Ministerio Público”, añadió el académico.

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  • CORTE DE TRASMISIÓN TVN

Barrera sostuvo que “Es importante además señalar que los canales de TV actuaron correctamente al cortar las transmisiones, pues tanto el director de prensa, como el dueño de la concesionaria se arriesga a multas de 10 a 200 UTM”.

En la misma línea, Gabriel Osorio, abogado del estudio Jurídico Osorio Vargas y Abogados, y profesor de Derecho Electoral, detalla que “La diputada cometió infracción a las normas reguladoras de la propaganda electoral”.

En efecto, agrega el académico, “es el Servicio Electoral, a través de un procedimiento administrativo sancionador, el que puede iniciar de oficio y formular cargos contra la diputada, quien tendrá oportunidad de defenderse ante el Servicio”.

“La sanción aplicable se encuentra en el título VII de la ley N° 18700, pudiendo ascender hasta las 200 UTM”, comenta el experto al diario de circulación nacional.

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