Edificio de Las Condes despidió a conserje de 75 , que no pudo trabajar por la cuarentena
El Primer Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió la demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones presentada por un conserje de 75 años de un edificio ubicado en la comuna de Las Condes, quien fue desvinculado por no presentarse a trabajar a mediados del año pasado debido a la Cuarentena obligatoria por Covid-19.
TE PUEDE INTERESAR ➡️Sujeto en estado de ebriedad destruye vivienda por completo en el sur del país
En la sentencia, la magistrada Carmen Gloria Correa Valenzuela acogió la demanda tras establecer que “se desprende una absoluta despreocupación y desidia de la demandada por la situación laboral del demandante, trasladando la responsabilidad al trabajador”.
El adulto mayor sostuvo que trabajó todo el mes de mayo desconociendo la resolución de la autoridad, decretada a partir del 15 de mayo, que estableció Cuarentena obligatoria para todas las personas mayores de 75 años.
TE PUEDE INTERESAR ➡️Menor eficacia de la vacuna Sinovac frente a la variante brasileña, que ahora predomina en Chile, explicaría alza de hospitalización UCI en adultos mayores sobre 75 años
Ante este episodio intentó comunicarse con el administrador del edificio a quien no logró ubicar, y le dio aviso de la situación a una integrante del Comité del recinto.
En conformidad con la norma, el trabajador tiene derecho a interrumpir sus labores y, de ser necesario, abandonar el lugar de trabajo cuando considere, por motivos razonables, que continuar con sus labores implica un riesgo grave e inminente para su vida o salud, circunstancia que deberá poner en conocimiento de su empleador en el más breve plazo y éste, a su vez, deberá informar de la suspensión de labores a la Inspección del Trabajo.
Meses más tarde, el adulto mayor recibió una carta de despido con fecha 26 de noviembre de 2020, la que no cumplía con las premisas del artículo 162 del Código del Trabajo, en la que no se señalaba la fecha en que el demandante habría incurrido en las ausencias.
TE PUEDE INTERESAR ➡️Menor eficacia de la vacuna Sinovac frente a la variante brasileña, que ahora predomina en Chile, explicaría alza de hospitalización UCI en adultos mayores sobre 75 años
En tanto, el Tribunal resolvió acoger la demanda de despido injustificado y cobro de prestaciones, por lo que la demandada Comunidad Edificio Félix de Amesti 963, deberá pagar al demandante las prestaciones por indemnización y años de servicios.