Noticias Chile – Cámara respaldó entregar fuero laboral y descanso compensatorio para el personal de la salud producto de la pandemia

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Reconocer la difícil situación en el ámbito sanitario, estableciendo un fuero laboral y un descanso compensatorio para los trabajadores de la salud, en el contexto de estado de excepción constitucional por la pandemia del Covid-19, es el objetivo de la moción que fue respaldada en particular por la Sala de la Cámara.

  • ¿QUÉ DICE EL PROYECTO?

A raíz de lo anterior, la iniciativa busca que durante la vigencia del estado de excepción constitucional por calamidad pública, declarado el 18 de marzo de 2020, y hasta por un año después del término de su última prórroga, gozará de fuero laboral todo el personal directivo, profesional, técnico, administrativo y auxiliar de los servicios de salud, de la atención primaria de salud.

Del mismo modo, el personal de Subsecretarías, Superintendencia y Secretarías Regionales Ministeriales del ramo; del Instituto de Salud Pública; la Central de Abastecimiento del Sistema Nacional de Servicios de Salud; del Servicio Médico Legal; y del Fondo Nacional de Salud, podrán optar al beneficio.

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  • SENADO

De ser aprobado en el Senado, esta medida se aplicará a quienes se desempeñan en establecimientos de salud de carácter experimental, hospitales universitarios, hospitales institucionales de Fuerzas de Orden y Seguridad; de establecimientos auto gestionados en red del país; y, en general, de la red asistencial que sean prestadores de salud públicos o privados, así como de farmacias y almacenes farmacéuticos, sin distinción de la calidad contractual con dichos prestadores.

  • INCUMPLIMIENTO

En la misma línea, el incumplimiento de ese fuero por parte  del director del establecimiento o del Servicio de Salud del respeto al fuero laboral, será sancionado como infracción grave al deber de probidad según las leyes de Bases Generales de la Administración del Estado y sobre Estatuto Administrativo.

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La iniciativa promovida principalmente por la diputada Karol Cariola (PC) considera entre sus argumentos que el COVID-19 ha tenido como consecuencia una recarga laboral en funcionarios que se desempeñan en establecimientos de salud y en otros organismos relacionados. Cansancio, trabajo bajo presión y el riesgo de contagiarse por entregar atención oportuna a los pacientes que se encuentran hospitalizados son algunos de los elementos que han provocado efectos tanto físicos y síquicos en el personal.

  • Descanso compensatorio y otras normas

De acuerdo con el texto, los trabajadores anteriormente mencionados que se hayan encontrado prestando servicios desde el 18 de marzo de 2020 y sin distinción de la calidad contractual, tendrán derecho a un descanso compensatorio especial de catorce días hábiles, con goce de remuneraciones y compatible con los feriados legales correspondientes.

Asimismo se indica que dicho descanso deberá usarse en forma continua y dentro de un periodo de dos años desde la publicación de la Ley. Por su parte, se exceptúan de la presente norma los trabajadores directivos de los establecimientos y los que son de confianza exclusiva del Presidente del la República.

  • LICENCIA MÉDICA

Otro de los puntos que se indican en el documento es que hasta un año después de la última prórroga del estado de excepción, el uso de licencia médica por causa de COVID-19, sea por caso confirmado, sospecha o contacto estrecho, por patologías asociadas al contagio o por causas asociadas a estrés, depresión o salud mental, no se considerará a efectos de la declaración de salud incompatible con el cargo.

  • ENFERMEDADES PSIQUIÁTRICAS

En tanto, también se considerarán dentro de la Ley de Enfermedades Profesionales a los trastornos psiquiátricos y físicos que sufran las y los trabajadores de la salud, ocasionados por desgaste profesional y los daños psicosociales a los que han estado expuestos, que guarden relación con la situación sanitaria que motivó el estado de catástrofe.

Por último, el contraer SARS-CoV-2 será considerado como enfermedad profesional a todo evento.

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