El ex Teniente Coronel de Carabineros, Claudio Crespo quedó en Libertad

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  • ¿QUÉ PASÓ?

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago anuló hoy la resolución del 4 de octubre recién pasado dictada por el Séptimo Juzgado de Garantía, que mantuvo la prisión preventiva del ex teniente coronel de Carabineros Claudio Crespo Guzmán, imputado como el autor de los disparos que dejaron ciego al joven Gustavo Gatica, en el contexto de manifestaciones en noviembre de 2019.

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  • ANTECEDENTES

Claudio Crespo, quien se encontraba en prisión preventiva desde agosto de 2020, quedará con firma quincenal y con la prohibición de salir del país. De acuerdo a los argumentos de la resolución, debido a que Crespo fue desvinculado de Carabineros, “resulta materialmente imposible que pueda perpetrar delitos de la misma naturaleza que el investigado”. Además, se considera que el formalizado tiene “irreprochable conducta anterior”.

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En el fallo del tribunal de alzada se señala que “considerando que el motivo por el que se ha justificado hasta ahora la adopción de medidas cautelares de orden personal respecto del imputado es la seguridad de la sociedad, no es posible soslayar que, tras la afirmación de precaver algún riesgo en protección de aquella, se halla la presunción razonable del órgano jurisdiccional, conforme a determinados indicios que evalúa, en orden a que existe peligro de que el imputado reitere en otras conductas punibles en perjuicio precisamente de la sociedad”. Subrayó.

El ex Teniente Coronel Claudio Crespo de Carabineros quedó en Libertad
  • PRISIÓN PREVENTIVA

“No puede entenderse la prisión preventiva como el cumplimiento adelantado de la sanción que en definitiva se imponga a un encausado y mucho menos puede otorgársele por finalidad la de apaciguar la indignación pública provocada por la comisión del hecho, sus circunstancias concomitantes y sus efectos”.

“Conforme a tales antecedentes personales objetivos del imputado, es que la hipótesis de reiteración que justifica disponer una medida cautelar en su contra por peligro para la seguridad de la sociedad aparece disminuida, motivo por el cual esta Corte estima que ciertamente los fines del procedimiento pueden ser satisfechos, en su caso, con otras medidas de menor intensidad y más idóneas a ellos que su prisión preventiva. Lo anterior, evidentemente, no se opone de modo alguno a la que pueda ser su situación procesal una vez que sea sometido al juicio oral en que se decida su responsabilidad penal y la eventual pena que en Derecho corresponda serle impuesta”.

La resolución fue tomada por 2 votos contra 1. En abril de este año esa misma sala de la Corte de Apelaciones optó por mantener a Crespo en esa medida cautelar.

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