Gendarmería acude a la Corte por juez que autorizó a venezolanos ilegales visita a familiares presos
- ¿Qué pasó?
Gendarmería acudió a la Corte de Apelaciones de Santiago luego que un juez de garantía autorizara a venezolanos ilegales para que puedan ingresar a la cárcel a visitar a sus familiares que se encuentran recluidos, según consigna BioBioChile.
Se trata de un recurso de hecho presentado en contra de la resolución pronunciada por el magistrado del 7º Juzgado de Garantía de Santiago, Cristián Sánchez Rivera.
De acuerdo al texto legal al que tuvo acceso Radio Bío Bío, el juez rechazó un recurso de apelación interpuesto por Gendarmería de Chile, por el ingreso a ciudadanas de nacionalidad venezolana a visitar a cuatro internos, solo exhibiendo su cédula identidad extranjera sin validar.
Los encarcelados, en tanto, son Ovicmarlixon Garcés Briceño, David Fuentes Escalona, Lermi Albarrán Angulo y Luis Lugo Machado, quienes se encuentran en prisión preventiva acusados del crimen del cabo de Carabineros, Daniel Palma Yáñez, en abril pasado.
Recordemos que más de una docena de venezolanos recluidos en el Recinto Especial Penitenciario de Alta Seguridad (Repas) de Santiago, entre ellos supuestos miembros del Tren de Aragua, se autoinfirieron heridas, en protesta por la negativa de Gendarmería a autorizar el ingreso de familiares.
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Cabe destacar que, para ingresar a un recinto carcelario, los familiares deben someterse a un procedimiento de enrolamiento de visitas, donde se exige el carnet de identidad vigente, algo que no ocurre con quienes están con su situación migratoria irregular.
“La sentencia de primera instancia pretende obligar a Gendarmería de Chile a autorizar el ingreso a ciudadanas de nacionalidad venezolana para visitar a los internos antedichos, solo exhibiendo su cédula identidad extranjera, sin validar de acuerdo a la Ley de Extranjería, bajo el argumento de que dicha normativa violentaría garantías constitucionales, obviando que el control de constitucionalidad de las normas en nuestro país es concentrado procedimental y orgánicamente”, precisa.
ESTE ARTÍCULO DESCRIBE UN PROCESO JUDICIAL EN CURSO
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)