¿Tú dejas el 10% de propina?: La sugerencia que derivó en casi una “obligación”

  Foto: Agencia Uno
  • ¿QUÉ PASÓ?

En Chile dar propina es una práctica común, ya que es una forma de agradecer y compensar por sus servicios a trabajadores de restaurantes, cafeterías, entre otros.

Aunque no exista una norma o ley que lo establezca como una obligación, en general, se espera que los consumidores dejen una propina del 10% del total de la cuenta, dependiendo de la calidad del servicio recibido.

  • ¿Qué dice el Código del Trabajo al respecto?

Con el objetivo de fomentar la recaudación de propinas en determinados establecimientos, en 2014 el Congreso legisló y aprobó una Ley que obliga a preguntarle a un comensal, al momento de pagar la cuenta, si dejará el 10% del costo del consumo como pago de propina.

“En los establecimientos que atiendan público a través de garzones, como restaurantes, pubs, bares, cafeterías, discotecas, fondas y similares, el empleador deberá sugerir, en cada cuenta de consumo, el monto correspondiente a una propina de a lo menos el 10% del mismo, la que deberá pagarse por el cliente, salvo que éste manifieste su voluntad en contrario”, detalla el Art. 64 del Código del Trabajo.

Esto deja establecido que en ningún caso se obliga al comensal dejar propina, o entregar un 10%: la obligación es la consulta, pero el cliente puede dejar -en efectivo, débito o crédito- lo que estime conveniente; o bien optar por dejar $0 si consideró que la atención o servicio no fue la adecuada. El dilema es que, en nuestro país, la sugerencia derivó en casi una “obligación” por presión social.

  • Solo algunos rubros pueden solicitar propinas

El Ministerio del Trabajo recalca que son solo un número acotado de rubros en Chile pueden solicitar propinas a los clientes, aludiendo a que se está “volviendo costumbre en algunos lugares pedir propina para servicios que debieran tener incluida la atención dentro del precio”.

A través de la cuenta de la red social “X” de @trabejita, el Ministerio enfatizó en el Artículo 64 del Código del Trabajo, que indica que las propinas (y la sugerencia del 10%) únicamente se puede consultar al cliente en locales con garzones (restaurantes, cafeterías y similares).

Explican, por ejemplo, que, en una peluquería o barbería, no corresponde solicitarle al cliente que deje un monto por concepto de propina.

  • ¿Qué dice el Servicio Nacional del Consumidor al respecto?

En conversación con Radio Bío Bío el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) dejó claro que las propinas “son voluntarias” y que el 10% es una sugerencia.

Por tanto, un cliente puede dejar lo que estime (sea menos o más que ese 10% del consumo total).

Andrés Herrera, director nacional del Sernac, complementó al medio ya citado, que las propinas no forman parte de la remuneración del trabajador, por lo tanto, “son un beneficio adicional que entregan los consumidores y que premian la buena atención”.

Como es una propuesta en retribución a una atención de calidad, un consumidor “no tendría por qué premiar” una atención si esta fue deficiente.

Por último, Herrera subrayó que en caso de que un local cargue la propina a la cuenta (omitiendo la sugerencia) estaría incurriendo en una infracción a la Ley.

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