Corte de Apelaciones rebaja indemnización a senadora Fabiola Campillai de 680 a 410 millones
- ¿QUÉ PASÓ?
La Corte de Apelaciones de San Miguel, redujo la indemnización que el fisco le deberá pagar por concepto de daño moral a la senadora, Fabiola Campillai, y su familia, a raíz de los apremios ilegítimos que sufrió al ser agredida por un excarabinero con una bomba lacrimógena durante el estallido social, en noviembre de 2019.
La rebaja de la indemnización se da luego de una solicitud del Consejo de Defensa del Estado (CDE), que buscaba que el monto de $680 millones disminuyera a $410 millones, lo que fue concedido por el tribunal de alzada.
- Fallo
En el fallo, la Corte reconoce que Campillai sufrió “dolor físico y espiritual que le provocaron las graves lesiones sufridas, como asimismo consecuencias irreparables e irreversibles”.
Sobre la hermana de la senadora, afirma que se debe considerar “la conmoción que le provocó ser espectadora de los hechos”.
Asimismo, aseguró que el caso tuvo consecuencias para su “marido, madre e hijas, quienes, además, han debido sobrellevar el dolor diariamente en su convivencia con doña Fabiola Campillai Rojas”.
No obstante, especifica que “si bien es indiscutible la afectación extrapatrimonial que sufrió la actora en los términos señalados, al mismo tiempo, de su historia vital reciente, que corresponde a un hecho público y notorio, es posible percibir, que a pesar de las aciagas consecuencias sufridas por el ilícito del cual fue víctima, ha sido capaz de sobrellevar el dolor físico y extrapatrimonial que padece”.
Asimismo, añade que Campillai ha sido capaz de “involucrar a su familia (…) en un proyecto vital, que la ha transformado en un referente político contingente de la más alta relevancia, alcanzando la más alta investidura que un ciudadano chileno puede alcanzar en el ámbito de la representación del órgano legislativo nacional, al ser electa Senadora de la República de Chile”.
“En el mismo sentido, y por las mismas razones, se hace necesario ajustar los montos establecidos a favor de los demás actores, conforme los criterios ya enunciados precedentemente, por considerarse más ajustado a la equidad y prudencia a la luz de los antecedentes referidos anteriormente”, complementa.
Finalmente, el tribunal aseguró que lo anterior “demuestra un notable triunfo de su espíritu de superación y resiliencia personal, que corresponde a una dimensión que debe ser abordada a la hora de ponderar el alcance de la indemnización que, por el rubro solicitado, debe ser fijada”.