Cámara aprueba ley “antisaqueos y antibarricadas” , penas hasta los diez años de cárcel
Durante este miércoles la sala de la Cámara de Diputados aprobó con 127 votos a favor, siete en contra y 13 abstenciones la modificación al Código Penal que tipifica el delito de alteración de la paz pública mediante la ejecución de actos de violencia.
Según lo publicado por el propio sitio de la corporación, el texto legal detalla seis conductas que pasarán a ser consideradas un hecho constitutivo de desorden público, sancionable con reclusión menor en su grado medio a máximo, esto es, desde 541 días a 5 años. Estas son:
1. Paralizar o interrumpir algún servicio público de primera necesidad, entendiéndose por tales los servicios de transportes, hospitalarios, de emergencia, de electricidad, de combustible, de agua potable y de comunicaciones, afectando gravemente su funcionamiento.
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2. Ejecutar actos de violencia peligrosos para la vida o la integridad física de las personas mediante el lanzamiento de elementos contundentes, cortantes, punzantes u otros elementos aptos para esos fines.
3. Destruir, en todo o en parte relevante, una vivienda, un establecimiento comercial o industrial, una oficina pública o privada, uno o más vehículos motorizados o la irrogación de daño a bienes de reconocida importancia científica, religiosa o social.
4. Incendiar objetos o utilizar elementos destinados a impedir coactivamente la libre circulación de las personas o vehículos.
5. Impedir o dificultar la actuación del personal de los Cuerpos de Bomberos u otros servicios de utilidad pública, destinada a combatir un siniestro u otra calamidad o desgracia que constituya peligro para la seguridad de las personas.
6. Cuando se ocupen o usurpen bienes inmuebles de carácter industrial, comercial o agrícola, sean estos públicos o privados.