CIDH declara admisible demanda de Rapa Nui para recuperar autonomía del territorio: Podría marcar precedente para otros pueblos originarios

Noticias Chile | Alcalde de Rapa Nui Petero Edmuns salva a su comunidad y comienza el retorno de las clases
Noticias Chile | informadorchile
  • ¿QUÉ PASÓ?

Luego de una demanda interpuesta el año  2015 por el Consejo de Ancianos y Parlamento de Rapa Nui en contra del Estado de Chile, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos declaró admisible la acción judicial donde se busca recuperar la autonomía de los territorios indígenas.

TE PUEDE INTERESAR ➡️Pamela Jiles confirmó que va a la reelección, y pidió a sus nietos que voten por ella

  • ¿QUÉ ESTÁN PIDIENDO?

En ese contexto, se está pidiendo que se reconozca la propiedad de los terrenos ancestrales de Isla de Pascua, mientras que la máxima autoridad de dicho territorio, (Tavana) Pedro Edmunds Paoa, manifestó que “es la mejor noticia para los tiempos que estamos viviendo”.

A raíz de lo anterior, hace relación a una presunta responsabilidad del Estado chileno en la violación del derecho a la propiedad colectiva que para los querellantes ha representado un daño en el estilo de vida y el desarrollo del pueblo Rapa Nui.

TE PUEDE INTERESAR ➡️Gobierno anunció compra de más de 600 vehículos, para reforzar el trabajo de Carabineros contra la delincuencia

Según detalló el abogado Ciro Colombara, abogado del consejo de ancianos y del parlamento rapa Nui, esto es un gran paso, ya que los deja más cerca ante la opción de que el caso sea enviado a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

La acción judicial está patrocinada también por los abogados Aldo Díaz y Carola Cotroneo, la que busca insistir en que el Estado tiene el deber de restituir la tierra de este pueblo y su derecho a la libre determinación.

  • POSIBLES VIOLACIONES

De ser corroborados como ciertos los hechos alegados “podrían caracterizar violaciones a los artículos 4 (derecho a la vida) 26, 8 (garantías judiciales), 12 (libertad de conciencia y religión), 21 (derecho a la propiedad) y 25 (protección judicial) de la Convención Americana en perjuicio de la comunidad indígena rapanuí, todos a la luz de los artículos 1.1 y 2 de dicho instrumento”.

El edil de Rapa Nui, Petero Edmunds Paoa, se mostró conforme con la admisibilidad de la demanda y que esta se condice con el trabajo que se está realizando actualmente en la Convención Constitucional, según detalló Radio Bío Bío.

“Encuentro que es la mejor noticia para los tiempos que estamos viviendo. Es tiempo de un cambio profundo, es tiempo de reconocer los derechos a los pueblos originarios”, sostuvo el Tavana (Alcalde).

Por último, el Estado de Chile tiene cuatro meses para presentar sus descargos ante la Comisión, previo a que el caso sea revisado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

Leave a Reply

Locator